Micelio

Artículo 33

- Son Funciones De Los Abogados Asistentes: 1ª

Decreto 3266 de 1979 · Consejo Superior de la Adjudicatura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Son funciones de los Abogados Asistentes: 1ª.- Sustanciar los autos que correspondan a los respectivos Magistrados o Sección; 2ª.- Elaborar los proyectos de fallo que en cada caso corresponda; 3ª- Preparar para la firma del Magistrado correspondiente, los autos que impulsen el proceso, ordenen pruebas, citaciones, emplazamientos, etc. ; 4ª.- Colaborar en la tramitación de los asuntos que, por reparto, correspondan al despacho del respectivo Magistrado o Sección; 5ª.- Cumplir las comisiones que le asignen los Magistrados en desarrollo de los artículos 12 y 25 del presente Decreto; 6ª.- Las demás que les señale la ley o los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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