Micelio

Artículo 5

Cada Una De Las Juntas Seccionales, Dentro De Los Límites Trazados Por El Decreto Número

Decreto 923 de 1911 · que adiciona y reforma el Decreto número 813 de 1911, por el cual se reglamenta la Ley 2.ª de 1911, sobre censo de población.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cada una de las Juntas Seccionales, dentro de los límites trazados por el Decreto número. 813 de 2 de Septiembre del año en curso y por el presente, dictará las providencias necesarias para el levantamiento del censo en la respectiva sección, acomodándose á las circunstancias peculiares de ella, y dará cuenta á la Junta Central. De la propia manera procederán las Juntas Municipales; - pero ellas sólo darán cuenta de sus providencias á la Jun ta Seccional respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 923 de 1911