Micelio

Artículo 12

Decreto 2835 de 1954 · Por el cual se dictan normas sobre el delito de injuria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo doce. El proceso por delitos de que trata el presente Decreto, se iniciará a virtud de querella del ofendido. Si este falleciere antes de haberla formulado, o si la divulgación afectare la memoria de una persona difunta, podrá presentarse o proseguirse en su ejercicio por el conyugue, los ascendientes, descendientes, o los hermanos. Cuando afectare a una entidad administrativa o de servicio público, podrá instaurarla también el Director o Jefe de la respectiva Oficina, o el Procurador General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2835 de 1954