Micelio

Artículo 6

En Los Contratos Deberá Constar La Obligación De Insertar Avisos En La Prensa Periódica, Publicando La Oferta De Compra De Materias Primas Oleaginosas Nacionales, Con Indicación Del Precio De Cada Una, Puesta En La Respectiva Fábrica

Decreto 1181 de 1941 · Por el cual se reglamentan las Leyes 94 de 1936 y 199 de 1938, sobre importación de copra con un gravamen aduanero rebajado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En los contratos deberá constar la obligación de insertar avisos en la prensa periódica, publicando la oferta de compra de materias primas oleaginosas nacionales, con indicación del precio de cada una, puesta en la respectiva fábrica. El Gobierno determinará en los contratos el número de avisos y los lugares de su publicación.

Parágrafo

El Contratista deberá obligarse, además, a publicarlos precios de venta de la manteca vegetal. El Gobierno determinará en los contratos el número de avisos y los lugares de su publicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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