El presente Decreto rige desde el mes de octubre para los establecimientos normalistas del Valle, Cauca y Nariño, y desde febrero de este año para los del resto del país.
Decreto 192 de 1951 →Vigente
Artículo 15
El Presente Decreto Rige Desde El Mes De Octubre Para Los Establecimientos Normalistas Del Valle, Cauca Y Nariño, Y Desde Febrero De Este Año Para Los Del Resto Del País
Decreto 192 de 1951 · Por el cual se adopta el plan de estudios par los Institutos de Enseñanza Pedagógica, y se dictan otras disposiciones sobre Educación Normalista
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.