Micelio

Artículo 2.6.1.1.13.2.19

Cursos De Reentrenamiento Electivo

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cursos de reentrenamiento electivo. El propósito de estos cursos va encaminado a reforzar los protocolos de seguridad establecidos para cada sector donde se preste el servicio de vigilancia y seguridad privada, permitiendo formar al personal operativo de manera idónea el desempeño de la labor de seguridad, el cual tendrá una intensidad de treinta (30) horas.

Parágrafo 1

Las Escuelas y Departamentos de Capacitación y Entrenamiento en Vigilancia y Seguridad Privada deben tener autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada los cursos de reentrenamiento electivos para poder ofertarlos.

Parágrafo 2

Las Unidades de aprendizaje relacionadas en estos cursos de reentrenamiento electivo están contenidas en las normas de competencia laboral, que incluirá las comprensiones y conocimientos esenciales, la parametrización de la intensidad horaria y el tipo de metodología las cuales deben reforzar conocimientos en los protocolos de seguridad según el sector y los perfiles de egreso establecidos. Se incluirá obligatoriamente unidades de aprendizaje con competencias relacionadas con el “ uso, manejo y manipulación de armas ”

Parágrafo 3

Los cursos de reentrenamiento básico y electivo tienen vigencia anual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015