Los que se concierten para cometer los delitos de rebelión, sedición o asonada; si los proyectos criminosos son descubiertos antes de realizarse los actos de ejecución, incurren hasta en la mitad de las penas señaladas para cada uno de ellos en los capítulos precedentes.
Ley 3 de 1945 →Vigente
Artículo 184
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.