Micelio

Artículo 5

Decreto 2596 de 2000 · por el cual se establece la Estructura del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina Jurídica. Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar a la Gerencia General y coordinar con las demás dependencias del Fondo Nacional de Caminos Vecinales el trámite y solución de los asuntos de carácter jurídico, así como conceptuar sobre la interpretación de las normas legales inherentes al Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

2.

Representar jurídicamente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder que le otorgue el jefe del organismos y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.

3.

Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones de la institución.

4.

Elaborar y revisar los proyectos de ley, decretos, acuerdos, resoluciones, contratos y demás actos administrativos relacionados con el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, archivando en forma organizada y consecutiva los diferentes contratos que celebre el FNCV, con sus respectivos soportes.

5.

Controlar y evaluar el adecuado manejo de los asuntos de la entidad, que sean gestionados por apoderados externos.

6.

Adelantar los trámites y procedimientos de naturaleza jurídica relacionados con la actividad contractual del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en sus etapas de celebración, legalización, ejecución y liquidación.

7.

Colaborar con las demás dependencias en la elaboración de los pliegos de condiciones y términos de referencia para las licitaciones y concurso de méritos que deba realizar el Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

8.

Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.

9.

Llevar el registro de las garantías contractuales otorgadas a favor del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y controlar su vencimiento, renovación y en general el cumplimiento de las obligaciones legales contraídas por los contratistas.

10.

Tramitar con la debida oportunidad las solicitudes que formulen las autoridades jurisdiccionales, de policía, del Ministerio Público, al igual que las presentadas por particulares u otras entidades, cuando traten sobre asuntos que competen a la oficina.

11.

Tramitar los cobros que adelante la entidad por jurisdicción coactiva.

12.

Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y doctrina, relacionadas con la actividad de la institución y velar por su actualización y difusión.

13.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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