Micelio

Artículo 89

La División Del Plan Sectorial Tiene Las Siguientes Funciones: A) Realizar Estudios Para La Definición, Coordinación Y Ejecución De Las Políticas, Planes Y Programas Sectoriales; B) Orientar Y Armonizar El Diseño De Los Planes, Programas Y Proyectos Que Adelanten Las Diferentes Áreas Del Ministerio; C) Diseñar Las Políticas Y Estrategias Que Deben Integrar El Plan Nacional De Salud; D) Propender Por La Coordinación De Los Subsectores Privado, De La Seguridad Social Y Oficial, A Fin De Racionalizar Los Recursos Y Garantizar La Salud De La Población; E) Definir El Tipo De Información, Forma De Presentación, Periodicidad Y Nivel De Confiabilidad Necesarios Para La Elaboración Del Plan Nacional De Salud; F) Analizar Las Alternativas Del Plan Sobre Manejo De Los Instrumentos De Políticas Sectoriales Y Calcular Los Efectos De La Política Social, Las Decisiones Intersectoriales Y Demás Decisiones No Sectoriales

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 89. La División del Plan Sectorial tiene las siguientes funciones

a)

Realizar estudios para la definición, coordinación y ejecución de las políticas, planes y programas sectoriales;

b)

Orientar y armonizar el diseño de los planes, programas y proyectos que adelanten las diferentes áreas del Ministerio;

c)

Diseñar las políticas y estrategias que deben integrar el Plan Nacional de Salud;

d)

Propender por la coordinación de los subsectores privado, de la seguridad social y oficial, a fin de racionalizar los recursos y garantizar la salud de la población;

e)

Definir el tipo de información, forma de presentación, periodicidad y nivel de confiabilidad necesarios para la elaboración del Plan Nacional de Salud;

f)

Analizar las alternativas del plan sobre manejo de los instrumentos de políticas sectoriales y calcular los efectos de la política social, las decisiones intersectoriales y demás decisiones no sectoriales.

g)

Revisar permanentemente las metodologías de planeación y optimización utilizadas en la elaboración del plan y hacer el seguimiento de la aplicación de la metodología y su respectiva evaluación;

h)

Elaborar el diseño del modelo que simule el comportamiento del sector, analizando función, objetivo, variables de decisión, recursos y restricciones técnicas, sociales y naturales. División de Asistencia Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1471 de 1990