Micelio

Artículo 9

Se Entiende Por Mala Conducta: A) La Comisión De Contravenciones Graves O De Delitos

Decreto 1488 de 1946 · por el cual se reglamenta la Ley 97 de 1945, sobre Escalafón de Enseñanza Primaria y prestaciones sociales para los maestros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Se entiende por mala conducta

a)

La comisión de contravenciones graves o de delitos.

b)

La conducta moral relajada o escandalosa, como embriaguez frecuente de conformidad con el artículo 242 de la Ley 4ª de 1913 o consuetudinario uso del licor, vicio del juego, amancebamiento público, etc.

c)

Notorio incumplimiento de las obligaciones familiares o de los compromisos adquiridos, o manifiesta desorganización en la vida privada económica o social.

d)

Intervención militante en política de partido, como conferencias, campañas en pro o en contra de candidaturas para cargos de elección popular, propagandas periodísticas o participación en juntas políticas.

e)

Mal manejo y descuido de los bienes materiales de la escuela; y

f)

Oposición a las normas del Gobierno en materias de educación pública, o renuencia o indiferencia para cumplirlas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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