º . El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Guadalajara, Buga, a los nueve (9) días del mes de febrero de 1994. Presidente del Consejo. (Fdo.) José Manuel González Arias Secretaria General. (Fdo.) María del Carmen Soto Berrio».
Decreto 1748 de 1994 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1748 de 1994 · por el cual se aprueba el acuerdo 002 del 9 de febrero de 1994 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Técnico Agrícola ITA de Buga, sobre adopcion de la Planta de Personal Docente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.