º. Funcionarios. Para el cumplimiento de las funciones señaladas en el presente Decreto a la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial, como Secretaría Técnica del Comité Nacional de Cofinanciación, el Departamento Nacional de Planeación hará las gestiones necesarias para garantizar la designación de los funcionarios que dicha Unidad requiera y para tal efecto, se contará con la asesoría de funcionarios de las entidades que integran el Sistema Nacional de Cofinanciación y demás entidades citadas, asignados en comisión.
Decreto 606 de 1996 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 606 de 1996 · por el cual se reglamenta la conformación del Comité Nacional de Cofinanciación, se establecen reglas para su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciosnes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.