Secretaría General . La Secretaría General tendrá las siguientes funciones
Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos humanos, físicos, económicos, financieros e informáticos de la entidad.
Coordinar y programar las actividades de administración de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con las políticas de la Entidad y las normas legales vigentes establecidas sobre la materia.
Dirigir los programas de inducción, capacitación y calidad laboral de los empleados del Ministerio, en coordinación con la Escuela de Alto Gobierno, de conformidad con las normas legales vigentes.
Coordinar la realización de estudios sobre planta de personal y mantener actualizado el manual específico de funciones y requisitos.
Dirigir la elaboración de manuales de procedimiento, en coordinación con las diferentes dependencias de la Entidad con el fin de racionalizar la gestión y los recursos de la institución.
Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la institución en todos los niveles.
Programar y adelantar en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica los procesos de licitación, contratación, adquisición, almacenamiento y custodia de bienes y materiales.
Proponer y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal de la institución.
Elaborar el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento y de inversión y el programa anual de caja que deba adoptar el Ministerio.
Dirigir, controlar y ejecutar las políticas, planes, programas, actividades y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal, y proponer los cambios que se consideren pertinentes.
Coordinar y controlar la adecuada prestación de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Ministerio.
Controlar los inventarios de elementos devolutivos y de consumo y coordinar la elaboración del programa anual de compras.
Velar por la debida aplicación del Sistema de Desarrollo Administrativo relacionado con las políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y el manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, financieros e informáticos del Ministerio orientados a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.
Coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de conformidad con el artículo 19 de la Ley 489 de 1998 o las normas que la modifiquen o adicionen y efectuar el seguimiento de los planes de desarrollo administrativo de las entidades adscritas y vinculadas y presentar el plan de acción respectivo, de conformidad con la ley.
Coordinar el diseño, implementación y seguimiento de los mecanismos de participación ciudadana que el Ministerio de Minas y Energía deba aplicar de conformidad con la ley.
Velar por el buen manejo y seguridad de la información sistematizada en el Ministerio, y promover el desarrollo e implementación de programas sistematizados.
Asesorar y apoyar a las diferentes dependencias en técnicas y metodologías para el desarrollo de sistemas computarizados y procesos organizacionales.
Asesorar a todas las dependencias en la definición y elaboración de los planes de acción y coordinar la evaluación periódica que de ellos se haga por parte de cada una de éstas.
Coordinar y verificar el debido desarrollo de los convenios y acuerdos internacionales relativos al sector minero-energético.
Desempeñar las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le señalen las normas legales.