°. Las parcelas que se vendan quedarán sujetas de modo gratuito a las servidumbres de aguas, de tránsito y demás que a juicio del Ministerio de la Economía Nacional sean necesarias para el desarrollo de la parcelación.
Decreto 237 de 1946 →Vigente
Artículo 8
Las Parcelas Que Se Vendan Quedarán Sujetas De Modo Gratuito A Las Servidumbres De Aguas, De Tránsito Y Demás Que A Juicio Del Ministerio De La Economía Nacional Sean Necesarias Para El Desarrollo De La Parcelación
Decreto 237 de 1946 · por el cual se provee a la parcelación y venta de un terreno de propiedad de la Nación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.