Micelio

Artículo 5

Contratos Vigentes

Decreto 1335 de 2014 · por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Contratos vigentes. Los contratos suscritos por la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación en desarrollo de su función de administración transitoria del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) y que se encuentren vigentes al momento de entrada en vigencia del presente decreto, sobre los cuales la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. – SAE S.A.S. – considere necesarios para su funcionamiento como administrador, deberán ser prorrogados por la Dirección Nacional de Estupefacientes en liquidación por el término de la vigencia fiscal del año 2014 y serán cedidos a la Sociedad de Activos Especiales S.A.S. – SAE S.A.S. – para que ésta pueda continuar con las labores de depuración y administración de los bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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