° De conformidad con el incremento porcentual del índice nacional de precios al consumidor para empleados en el período comprendido entre el 1° de septiembre de 1978 y el 1° de septiembre del979 certificado por el Departamento' Administrativo Nacional de Estadística mediante Oficio número 07365 de septiembre 4 de 1979, el reajuste anual de qué trata el artículo 1° de la Ley 20 de 1979 para el año gravable de 1979 es del 24.4%.
Decreto 2326 de 1979 →Vigente
Artículo 1
° De Conformidad Con El Incremento Porcentual Del Índice Nacional De Precios Al Consumidor Para Empleados En El Período Comprendido Entre El 1° De Septiembre De 1978 Y El 1° De Septiembre Del979 Certificado Por El Departamento' Administrativo Nacional De Estadística Mediante Oficio Número 07365 De Septiembre 4 De 1979, El Reajuste Anual De Qué Trata El Artículo 1° De La Ley 20 De 1979 Para El Año Gravable De 1979 Es Del 24
Decreto 2326 de 1979 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la ley 20 de 1979
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.