El numeral 1 del artículo 279 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, quedará así:
Naturaleza jurídica. El Banco de Comercio Exterior, creado por el artículo 21 de la Ley 7º de 1991, es una sociedad de economía mixta del orden nacional, organizada como establecimiento de crédito bancario, vinculada al Ministerio de Comercio Exterior. El Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A., (Bancoldex), continuará sometiéndose exclusivamente al régimen propio de las sociedades de economía mixta no asimilado al de las empresas industriales y comerciales del Estado, independientemente de la participación del capital público en su patrimonio.
El Banco de Comercio Exterior estará exento de realizar inversiones forzosas.