Micelio

Artículo 5

º

Decreto 550 de 1995 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos 2531 y 2532 de 1994 y 197 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Sin perjuicio de las previsiones contempladas en el Decreto 197 de 1995, los usuarios aduaneros permanentes de que trata dicho decreto sólo comenzarán a operar como tales el 1º de junio de 1995.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 550 de 1995