° La Tesorería General llevará una cuenta corriente con la Casa Lazard Brothers & C, en forma análoga a la en que lleva la cuenta con los Bancos de la ciudad, en que deposita fondos nacionales. Dicha cuenta debitará con abono a la cuenta de caja, por las sumas que le consigne, y la acreditará con cargo al capítulo y artículo del respectivo Presupuesto, previo el asiento y reconocimiento a cargo del Tesoro, por los pagos que ellos verifiquen, de acuerdo con los recibos que la citada Casa debe enviar, de conformidad con la cláusula tercera del referido contrato. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1631 de 1916 →Vigente
Artículo 2
La Tesorería General Llevará Una Cuenta Corriente Con La Casa Lazard Brothers & C, En Forma Análoga A La En Que Lleva La Cuenta Con Los Bancos De La Ciudad, En Que Deposita Fondos Nacionales
Decreto 1631 de 1916 · Por el cual se determina la forma en que han de hacerse los pagos por servicios en el Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.