Micelio

Artículo 5

De Las Formas De Ascenso

Decreto 2772 de 1979 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 1321 del 6 de julio de 1978

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De las formas de ascenso. De conformidad con el artículo 8º del Decreto-ley 1321 de 1978, un funcionario técnico-científico podrá ascender de un grado a otro del área técnico-científica, mediante uno de los siguientes procedimientos

a)

Por el puntaje recibido por el rendimiento y otros estudios no conducentes a un título académico

b)

Por el Puntaje recibido por títulos académicos del post-grado (Magister o Doctorado):

c)

Por el puntaje recibido por ambos conceptos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2772 de 1979