Micelio

Artículo 3

Decreto 2668 de 2012 · Por el cual se reglamentan los artículos 36 a 38 de la Ley 915 de 2004, por la cual se dictó el Estatuto Fronterizo para el Desarrollo Económico y Social del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de lo establecido por el artículo 37 de la Ley 915 de 2004, y para efectos de garantizar que las actividades de la acuicultura guarden armonía con la protección del medio ambiente, la Junta Departamental de Pesca y Acuicultura para otorgar las concesiones, autorizaciones y permisos que se requieran para el ejercicio de la acuicultura, deberán además de los criterios mínimos establecidos en el artículo anterior, dar cumplimiento a lo dispuesto en los actos de creación, de zonificación, de reglamentación de usos, y/o del plan de manejo del Área Marina Protegida Seaflower, del Parque Natural Nacional Mc Bean Lagoon y de las demás áreas de conservación y protección ambiental existentes o que en el futuro se declaren en el Departamento Archipiélago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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