Micelio

Artículo 1

Decreto 1999 de 1943 · Por la cual se crea la Cámara de Comercio de Mangué, Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase una Cámara de Comercio en el puerto de Magangué; Departamento de Bolívar, la cual funcionará con sugestión a las disposiciones de la ley28 de 193, del decreto 1890 del mismo año y demás disposiciones pertinentes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1999 de 1943