Micelio

Artículo 24

En El Período Inicial De La Corte Suprema Del Trabajo Y De Los Tribunales Seccionales Del Trabajo, El Gobierno Determinará Las Fechas, En Que Pueden Ser Provistas, Progresivamente; Las Plazas Del Personal Subalterno, De Acuerdo Con Las Necesidades Del Servicio

Decreto 1745 de 1945 · Por el cual se establecen la organización judicial y la división territorial de la República, para los efectos de la Jurisdicción especial del Trabajo

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el período Inicial de la Corte Suprema del Trabajo y de los Tribunales Seccionales del Trabajo, el Gobierno determinará las fechas, en que pueden ser provistas, progresivamente; las plazas del personal subalterno, de acuerdo con las necesidades del servicio.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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