Micelio

Artículo 10

Subdirección Financiera

Decreto 731 de 2025 · por el cual se establece la estructura de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Financiera . Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes

1.

Formular las políticas, normas y procedimientos para la administración de recursos económicos y financieros de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.

2.

Dirigir y controlar en todos los niveles, los procesos administrativos y financieros de la institución.

3.

Proponer y ejecutar las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión financiera y presupuestal del organismo.

4.

Formular a la Dirección General, estrategias que tiendan a una mejor administración de los procesos de su área y procurar niveles óptimos de calidad, equidad, oportunidad, imparcialidad, economía, eficiencia y eficacia.

5.

Velar por la consecución de los recursos con aportes de la Nación y administrados para el pago de sus obligaciones.

6.

Pagar las asignaciones de retiro de los oficiales, suboficiales, soldados profesionales y sus beneficiarios con derecho a este beneficio en cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en la materia.

7.

Coordinar, administrar y responder por el manejo de los recursos y el pago de las obli­gaciones a cargo de la Caja, así como velar por la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, auditoria, presupuestales y contables de los recursos asignados a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, conforme a la normativa vigente.

8.

Velar por la correcta ejecución, contabilización y rendición de informes fiscales, audi­torías presupuestales y contables.

9.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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