Micelio

Artículo 1

A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto El Numeral 1

Decreto 1247 de 2004 · por el cual se modifica el Decreto 127 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir de la vigencia del presente decreto el numeral 1.3 del artículo 1° del Decreto 127 de 2001, quedará así: “1. Consejerías Presidenciales 1.3. Para la Acción Social y el Plan Colombia”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1247 de 2004