El presente Acuerdo rige desde la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de agosto, 1977.
El Presidente, (fdo.) Henry Henao Jaramillo.
Delegado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
El Secretario, (fdo.) Marina Uribe de Eusse.
Secretaria General de la Caja Nacional de Previsión.