Micelio

Artículo 7

El Gobierno Queda Facultado Para Crear Y Proveer Los Cargos Y Fijarles Las Correspondientes Funciones Y Asignaciones, Y Para Abrir Los Créditos Adicionales Que Fueren Necesarios Con Destino Al Desarrollo Y Cumplimiento De Este Decreto

Decreto 2498 de 1948 · Por el cual se desarrollan los artículos 32 y 39 de la Constitución Nacional y se crea el Consejo Nacional del Transporte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Gobierno queda facultado para crear y proveer los cargos y fijarles las correspondientes funciones y asignaciones, y para abrir los créditos adicionales que fueren necesarios con destino al desarrollo y cumplimiento de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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