Micelio

Artículo 1

Decreto 1206 de 2001 · por el cual se regula la importación de mercancías destinadas al municipio de Inírida en el Departamento de Guainía y a los municipios de Puerto Carreño, la primavera y Cumaribo en el Departamento del Vichada.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Importación de mercancías al municipio de Inírida en el departamento de Guainía y a los municipios de Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el departamento del Vichada . El presente decreto se aplicará a las importaciones de mercancías destinadas al municipio de Inírida en el departamento de Guainía y a los municipios de Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el departamento del Vichada, que sean introducidas por los lugares que a continuación se señalan, los cuales se entenderán habilitados para el ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional: - Departamento de Guainía: Por el muelle para pasajeros y carga ubicado en la margen derecha del río Inírida, en jurisdicción del municipio de Inírida. - Departamento de Vichada: Por el muelle para pasajeros y carga ubicado en la margen izquierda del río Orinoco, frente al municipio de Puerto Carreño.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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