Micelio

Artículo 3

Decreto 3271 de 1963 · Por el cual se modifica la estructura y la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las atribuciones y facultades de que venían haciendo uso los Juzgados Primero y Segundo Nacionales de Ejecuciones Fiscales, serán ejercidas a partir de la vigencia del presente Decreto, por el Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales que se establece.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3271 de 1963