Para efectos de este Decreto adiciónase el artículo 248 del Código de Justicia Penal Militar, en la siguiente forma: Quien destruya o dañe cualquier clase de bienes necesarios para la defensa nacional, incurrirá en la pena señalada en el inciso 2o de dicho artículo.
Decreto 3398 de 1965 →Vigente
Artículo 28
Para Efectos De Este Decreto Adiciónase El Artículo 248 Del Código De Justicia Penal Militar, En La Siguiente Forma: Quien Destruya O Dañe Cualquier Clase De Bienes Necesarios Para La Defensa Nacional, Incurrirá En La Pena Señalada En El Inciso 2o De Dicho Artículo
Decreto 3398 de 1965 · Por el cual se organiza la defensa nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.