Solicitud de formación La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) podrá solicitar a las entidades administradoras del régimen general de pensiones todos los datos relacionados con el recaudo de aportes, con el fin de cruzar y verificar la información, para determinar la evasión y elusión en el recaudo del régimen de salud. Asimismo, podrá solicitar información a la Dirección General de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), a las entidades recaudadoras territoriales y a otras entidades que reciban contribuciones sobre la nómina. En todo caso esta información gozará de la misma reserva que aquella de carácter tributario. (Artículo 52 del Decreto 1283 de 1996)
Decreto 780 de 2016 →Vigente
Artículo 2.6.1.12
Solicitud De Formación La Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social (Ugpp) Podrá Solicitar A Las Entidades Administradoras Del Régimen General De Pensiones Todos Los Datos Relacionados Con El Recaudo De Aportes, Con El Fin De Cruzar Y Verificar La Información, Para Determinar La Evasión Y Elusión En El Recaudo Del Régimen De Salud
Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.