Micelio

Artículo 2

Créase Un Circuito Judicial, De La Misma Denominación Y Extensión De La Provincia, Cuya Cabecera Será Fusagasugá, El Cual Se Dividirá En Dos Juzgados Que Se Denominarán 1° Y 2°, Para El Despacho De Los Asuntos Civiles Y Criminales Respectivamente

Decreto 489 de 1895 · Aprobatorio del que crea la Provincia de Sumapaz en el Departamento de Cundinamarca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

" Artículo 2° Créase un Circuito judicial, de la misma denominación y extensión de la Provincia, cuya cabecera será Fusagasugá, el cual se dividirá en dos Juzgados que se denominarán 1° y 2°, para el despacho de los asuntos civiles y criminales respectivamente. "

Parágrafo

En cada uno de los Juzgados habrá un Juez, un Secretario, Un Escribiente y un Portero-Alguacil, los que gozarán de la asignación anual de "$1,200; de $ 840; de $ 600 y de $ 192; respectivamente

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 489 de 1895