Micelio

Artículo 20

Transitorio

Decreto 1036 de 2018 · Por el cual se establecen los requisitos que se deben cumplir para la importación y comercialización de reactivos de diagnóstico in vitro huérfanos, in vitro grado analítico, analito específico, los reactivos de uso general en laboratorio y reactivos in vitro en investigación utilizados en muestras de origen humano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio . A partir de la publicación del presente decreto, los interesados en la importación de los reactivos objeto de esta regulación, dispondrán de un plazo de un (1) año para su cumplimiento; no obstante, mientras transcurre dicho término, para la autorización de importación deberán acreditar ante el Invima los requisitos establecidos en los numerales 4.4 y 4.5 del artículo 4º, 5.5 y 5.6 del artículo 5º y 7.4 y 7.5 del artículo 7º de este acto.

Parágrafo

Los interesados podrán obtener el registro sanitario automático, antes de este plazo, previa manifestación escrita ante el Invima.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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