Artículo veintiocho. Una vez en práctica la organización prevista en este Decreto, el Director de la Imprenta, de acuerdo con el Comité Ejecutivo, dará cumplimiento a las recomendaciones hechas por la Comisión de Reforma Administrativa en su informe de 10 de septiembre del presente año.
En cumplimiento de lo anterior, el Ministerio de Gobierno celebrara los contratos a que se refiere dicho informe.