Micelio

Artículo 1

Ley 100 de 1923 · Por la cual se provee a la colonización y vigilancia de los territorios fronterizos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a establecer y fomentar, a la mayor brevedad posible, centros de colonización en los Departamentos del Huila y de Nariño y en las demás regiones del país donde lo estime necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 100 de 1923