A rtículo 2.3.1.3.6.39.3. Consejo. El Consejo de la Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina”, estará conformado de la siguiente manera: Presidente: El Comandante de la Armada Nacional o su delegado. Vicepresidente: El Comandante de la Infantería de Marina. Vocal: El Jefe de Estado Mayor de Infantería de Marina. Secretario: Director de Personal de la Armada Nacional. (Decreto 4444 de 2010 artículo 90) SUBSECCIÓN 40 MEDALLA MILITAR “SERVICIOS DISTINGUIDOS A LA FUERZA SUBMARINA”
Decreto 1070 de 2015 →Derogado
Artículo 2.3.1.3.6.39.3
) Subsección 40 Medalla Militar “servicios Distinguidos A La Fuerza Submarina”
Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.