Micelio

Artículo 20

Decreto 1365 de 1989 · Por el cual se autoriza la celebración del VI Festival de Cine de Bogotá y la creación de una Zona Franca Transitoria para tal evento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los equipos y accesorios con destino al VI Festival de Cine de Bogotá, no podrán ser embarcados en el exterior, ni la Fundación Colombiana para el Desarrollo Cinematográfico, podrá darles ingreso, después de la fecha de cierre del evento.

Parágrafo

De conformidad con el artículo 111 del Decreto 2666 de 1984, la Fundación Colombiana para el Desarrollo Cinematográfico, responderá ante la Nación por los derechos de importación de los equipos y accesorios que sean sustraídos o perdidos de la Zona Franca Aduanera Transitoria. CAPITULO V TERMINOS Y PRÓRROGAS.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1365 de 1989