Las sumas a que se refieren los artículos 3o. y 4o. de la presente Ley, se incluirán necesariamente en el Presupuesto de la vigencia fiscal próxima o en cualquiera de las posteriores. De no hacerse, el Gobierno Nacional queda ampliamente facultado para hacer los traslados necesarios, a fin de dar cumplimiento a la presente Ley.
Ley 84 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Ley 84 de 1960 · Por la cual se conceden unos auxilios a varios Municipios del Departamento de Antioquia para establecimientos de enseñanza y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.