Micelio

Artículo 20

Decreto 2968 de 1956 · Por el cual se crea el Servicio Nacional de Erradicación de la Malaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veinte. Los gastos que demande el funciona­miento del S. E. M., durante ese período, incluyendo sueldos y jornales mencionados en el artículo anterior, se descontarán de los saldos de que trata el artículo dé­cimo de este Decreto.

Parágrafo

La autorización para hacer las erogaciones de qué se trata no podrán exceder en ningún caso del término de treinta (30) días, contados a partir del pri­mero de eneró de 1957.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2968 de 1956