Condición legal del predio. Solo podrán acceder al Certificado de Incentivo Forestal (CIF) los propietarios de los terrenos en donde se desarrollará el proyecto o aquellos que tengan la calidad de arrendatarios, por un término que garantice como mínimo el ciclo productivo del proyecto.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.3.1.2.2. Formulario de solicitud de elegibilidad. La solicitud de elegibilidad se presentará en un formulario elaborado y suministrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado.
El formulario de elegibilidad del Incentivo Forestal deberá incluir como mínimo la siguiente información:
Nombre e identificación del solicitante.
Dirección permanente del solicitante.
Calidad jurídica del predio a reforestar.
Localización del proyecto.
Área del proyecto y especies a utilizar.
Fecha de iniciación del proyecto.
Nombre del asistente técnico.
(Decreto número 1824 de 1994, artículo 10)
TEXTO CORRESPONDIENTE A