º La Gobernación del Departamento de Antioquia queda ampliamente facultada para dictar las providencias que estime oportunas para el eficaz cumplimiento de este Decreto, y especialmente para determinar la forma en que debe precederse a la designación de peritos, su reemplazo, términos dentro de los cuates deben posesionarse y rendir su dictamen, así como fiara fijar el procedimiento para determinar la antigüedad y calidad de la ocupación.
Decreto 1867 de 1939 →Vigente
Artículo 3
La Gobernación Del Departamento De Antioquia Queda Ampliamente Facultada Para Dictar Las Providencias Que Estime Oportunas Para El Eficaz Cumplimiento De Este Decreto, Y Especialmente Para Determinar La Forma En Que Debe Precederse A La Designación De Peritos, Su Reemplazo, Términos Dentro De Los Cuates Deben Posesionarse Y Rendir Su Dictamen, Así Como Fiara Fijar El Procedimiento Para Determinar La Antigüedad Y Calidad De La Ocupación
Decreto 1867 de 1939 · Por el cual se reglamenta la Ley 81 de 1938
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.