Micelio

Artículo 5

O

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 5o. Niveles Administrativos. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales desarrolla sus funciones en cinco niveles, así

1.

Dirección o Nivel Central.

2.

Administraciones Regionales de Impuestos y Aduanas Nacionales.

3.

Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales.

4.

Administraciones Delegadas de Impuestos y Aduanas Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1992