El Departamento de Contraloría estará a cargo de un funcionario denominado Contralor General de la República , y de un ayudante denominado Auditor General , quienes serán nombrados por el Poder Ejecutivo Nacional, con la aprobación de la Cámara de Representantes, y devengaran salarios no inferiores a seis mil pesos ($6,000) y cuatro mil pesos ($4,000), anuales, respectivamente.
Ley 42 de 1923 →Vigente
Artículo 2
Ley 42 de 1923 · Sobre reorganización de la contabilidad oficial y creación del Departamento de Contraloría
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.