Micelio

Artículo 13

Ley 24 de 1981 · Por la cual se transforma la Superintendencia Nacional de Cooperativas en Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, se fijan sus objetivos, estructura y funciones, se provee a su dotación presupuestal y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las asignadas por el artículo 14 del Decreto 1050 de 1968, son funciones de la Secretaría General:

1. Elaborar proyectos relacionados con la estructura y organización de la entidad; establecer técnicas de administración y organización para someterlas a la consideración del Subjefe y del Consejo Nacional de Cooperativas, en coordinación con las dependencias correspondientes.

2. Proponer las pautas que deba seguir el Departamento en asuntos jurídicos y laborales.

3. Acordar en coordinación con el Jefe de Personal y la División de Operaciones, la realización de los distintos programas de capacitación y adiestramiento para los funcionarios.

4. Las demás que se le asignen por el Jefe del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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