Micelio

Artículo 1

Ley 34 de 1973 · Del Libro Colombiano

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adóptase para Colombia una política del libro encaminada a lograr los siguientes objetivos:

a)

La democratización del libro, como factor principal en la difusión de la cultura, la transmisión del conocimiento, y el fomento de la investigación social y científica;

b)

La preservación y conservación del patrimonio cultural;

c)

El desarrollo del sistema nacional de información;

d)

La capacitación y estímulo al personal de bibliotecarios, archiveros, empleados y trabajadores de artes gráficas y

actividades relacionadas con el libro;

e)

El estímulo a los escritores;

f)

El fomento y apoyo a la producción de libros en general, y, en particular, de textos para los diferentes niveles de la enseñanza;

g)

El fomento y apoyo a la libre circulación del libro;

h)

El estímulo de la producción y comercialización del libro mediante un adecuado tratamiento impositivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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