Micelio

Artículo 4

º El Subsidio Familiar De Vivienda En Especie, Se Otorgará En Tierra, En Materiales De Construcción Y En Acometidas Domiciliarias De Servicios Públicos Y En Saneamiento Básico Para La Vivienda Rural, De Acuerdo Con La Reglamentación Específica Que Para El Efecto Establezca El Inurbe Y La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Para Soluciones De Vivienda Rural

Decreto 599 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley número 3 de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El subsidio familiar de vivienda en especie, se otorgará en tierra, en materiales de construcción y en acometidas domiciliarias de servicios públicos y en saneamiento básico para la vivienda rural, de acuerdo con la reglamentación específica que para el efecto establezca el Inurbe y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, para soluciones de vivienda rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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