°. El artículo segundo del Decreto 1101 de 2001 quedará así: Artículo 2°. Integración . La Comisión Intersectorial de Bioética, CIB, estará integrada por
El Ministro de Justicia y del Derecho o su representante.
El Ministro de Salud o su representante
El Ministro de Educación Nacional o su representante
El Ministro del Medio Ambiente o su representante
El Director del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología, "Francisco José de Caldas", Colciencias.