° El doctor Santos Calderón, tendrá derecho a pasaje aéreo en primera clase y a la suma de doscientos sesenta y cinco dólares (US$265.00) diarios de viáticos por el término de nueve (9) días y medio.
Decreto 736 de 1994 →Vigente
Artículo 2
El Doctor Santos Calderón, Tendrá Derecho A Pasaje Aéreo En Primera Clase Y A La Suma De Doscientos Sesenta Y Cinco Dólares (Us$265
Decreto 736 de 1994 · por el cual se ordena una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.