Micelio

Artículo 295

El Militar O El Civil Al Servicio De Las Fuerzas Armadas, Que En Ejercicio De Funciones Relacionadas Con El Servicio Militar Obligatorio, Ayuden En Alguna Forma A Que Los Llamados A Prestar Dicho Servicio Lo Eludan, Será Sancionado Con Arresto De Tres Meses A Un Año

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El militar o el civil al servicio de las Fuerzas Armadas, que en ejercicio de funciones relacionadas con el servicio militar obligatorio, ayuden en alguna forma a que los llamados a prestar dicho servicio lo eludan, será sancionado con arresto de tres meses a un año.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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