Micelio

Artículo 11

Del Decreto 3486 De 1981, Deberán Respaldarse Con Pruebas Documentos Auténticos A Juicio De La Respectiva Cuenta Reguladora De Matriculas Y Pensiones Ante La Cual Se Formule La Petición

Decreto 3131 de 1983 · por el cual se modifica el articulo 18 del Decreto 3486 de 1981 y se ordena la ampliación de un termino para decidir.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo tercero. Los datos e informes que se presenten por las instituciones educativas para los fines previstos en artículo 11 del Decreto 3486 de 1981, deberán respaldarse con pruebas documentos auténticos a juicio de la respectiva cuenta reguladora de matriculas y pensiones ante la cual se formule la petición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3131 de 1983